Novedades laborales y de Seguridad Social: qué deja 2025 y qué debemos aplicar en 2026

Con la proximidad del cierre del año, resulta oportuno completar este balance legislativo de 2025, incorporando algunas de las novedades normativas más relevantes que, aunque aprobadas o anunciadas durante este ejercicio, desplegarán plenamente sus efectos a partir de 2026. Se trata de reformas que inciden de forma directa en aspectos esenciales de la relación laboral —salarios, conciliación, contratación y prevención— y que requieren un análisis más detallado para comprender su verdadero alcance práctico.

Una de las cuestiones que previsiblemente tendrá mayor impacto en 2026 es la evolución del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha manifestado su voluntad de reforzar el SMI como auténtico umbral salarial mínimo, evitando que las subidas anuales queden diluidas en la práctica. Para ello, se plantea que los incrementos del SMI no puedan ser compensados ni absorbidos por otros complementos salariales, lo que obligará a muchas empresas a revisar la estructura y naturaleza de los conceptos retributivos incluidos en nómina. Este cambio no es menor, ya que afecta directamente a la política salarial y a la negociación colectiva, al limitar el margen de absorción tradicionalmente utilizado. A ello se suma la intención de consolidar de forma permanente la exención del IRPF para las personas perceptoras del SMI, medida que hasta ahora tenía carácter temporal.

También adquiere especial relevancia la ampliación de los permisos por nacimiento y cuidado del menor, que alcanzarán una duración total de 19 semanas. Desde el 1 de enero de 2026, podrán solicitarse las semanas adicionales previstas, de acuerdo con los criterios interpretativos fijados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en su Criterio de gestión 18/2025, de 20 de noviembre. Este criterio concreta cómo deben disfrutarse las tres semanas adicionales, destacando que dos de ellas podrán utilizarse de forma flexible hasta que el menor cumpla ocho años. Esta posibilidad introduce un elemento de mayor adaptabilidad para las familias, permitiendo atender necesidades de conciliación a medio plazo. Desde la perspectiva empresarial, no obstante, esta flexibilidad exige una planificación más compleja de las ausencias, al no concentrarse necesariamente en los primeros meses tras el nacimiento.

Otra reforma de gran calado es la que afecta a los contratos de formación, a raíz del Real Decreto 1065/2025, publicado el 27 de noviembre de 2025, que desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y resulta aplicable desde el 17 de diciembre de 2025. Esta norma profundiza en la regulación de las dos modalidades existentes —el contrato de formación en alternancia y el contrato para la obtención de la práctica profesional—, con el objetivo de evitar usos meramente laborales de estas figuras. El reglamento refuerza de forma significativa las exigencias en materia de formación, imponiendo mayores obligaciones de planificación, seguimiento y acreditación de la actividad formativa, así como límites más precisos en cuanto a duración, contenido y número de contratos.

Por último, conviene detenerse en una novedad que afecta directamente al ámbito del empleo del hogar: la obligación de realizar una evaluación de riesgos laborales. El 14 de noviembre de 2025 finalizó el plazo para cumplir con esta exigencia, que supone un avance relevante en la equiparación de derechos de las personas trabajadoras del hogar con el resto del mercado laboral. Para facilitar su cumplimiento, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha desarrollado una herramienta específica, accesible a través de la plataforma Prevencion10, que permite identificar los riesgos más habituales en el trabajo doméstico y establecer medidas preventivas adecuadas. Esta obligación implica un cambio cultural y jurídico importante para las personas empleadoras, que pasan a asumir responsabilidades preventivas hasta ahora inexistentes en este sector.

En definitiva, todas estas medidas ponen de manifiesto que 2026 será un año clave en la aplicación práctica de reformas laborales y de Seguridad Social de notable alcance, que exigirán una adecuada adaptación por parte de empresas y profesionales.

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