El artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital que para poder ejercitar el derecho de separación por la falta de reparto de dividendos, el socio deberá hacer constar en el acta su protesta por la insuficiencia de los dividendos.
En este sentido, la Audiencia Provincial de Barcelona, concretamente la sección 15º, ha resuelto recientemente que tipo de actuaciones del socio pueden entenderse como “protesta”.
El citado tribunal confirma que, dado que la normativa no exige que el voto se emita en un sentido concreto, es decir, a favor o en contra del reparto de dividendos, lo que se requiere es que el socio manifieste en la junta que considera que el reparto de beneficio es insuficiente, lo manifieste en la junta.
En función del voto emitido por el socio, la protesta deberá manifestarse de forma expresa o no:
- • Votar en contra es una forma de manifestar el desacuerdo, es decir, su protesta.
- • Votar a favor implicará necesariamente que el socio tendrá que expresar claramente su disconformidad frente al reparto de beneficios después de la adopción del acuerdo
En este sentido, en la sentencia se indica expresamente que:
“La Ley no exige que el voto se emita en un sentido concreto, a favor o en contra, ya que ello dependerá de la forma en la que esté redactado el acuerdo. Lo que la Ley requiere es que el socio que considere que el reparto de beneficio es insuficiente, lo manifieste en la junta. Lógicamente si el acuerdo supone aplicar los beneficios a reservas, como en el presente caso, podría bastar con votar en contra, ya que esa sea una forma de manifestar su desacuerdo, es decir, su protesta. Si, por el contrario, el acuerdo supone el reparto de beneficio por debajo del mínimo legal, el minoritario puede votar a favor o en contra, si vota en contra, podríamos nuevamente entender que estaría haciendo constar su postura en contra de ese acuerdo, pero si vota a favor, sentido del voto que la norma no descarta, necesariamente tendrá que expresar claramente su disconformidad frente al reparto de beneficios después de la adopción del acuerdo.”
